Línea Directa de innovación (LIC) DANA

Ayudas Público 14/01/2025 175
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Plazo solicitud hasta agotar fondos

OBJETIVO

Apoyo a proyectos de carácter aplicado, muy cercanos al mercado, con riesgo tecnológico medio/bajo y cortos períodos de recuperación de la inversión, que consigan mejorar la competitividad de la empresa mediante la incorporación de tecnologías emergentes en el sector:

  1. Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.

  2. Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora de los mismos.

  3. Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos. 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Pymes legalmente constituidas en España que desarrollen proyecto de innovación y cumplan, al menos, una de las siguientes condiciones:

  • El lugar de desarrollo de la propuesta se realice en alguno de los 78 municipios recogidos en el anexo del RD 6/2024.

  • El domicilio social de la empresa esté en alguno de los 78 municipios recogidos en el anexo del RD 6/2024

ACCIONES SUBVENICIONABLES

Presupuesto mínimo: 175.000 euros.

Duración: entre 9 meses y 24 meses.

Adquisición de activos fijos nuevos que suponga un salto tecnológico importante para la empresa que realiza el proyecto. Son elegibles los costes de personal; materiales y consumibles; contratación de servicios externos y subcontrataciones; costes de auditoría y costes de la validación del cumplimiento del principio DNSH.

La formalización de las inversiones y gastos deberán ser posteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Una vez completada, la inversión deberá mantenerse en el lugar de desarrollo del proyecto, al menos durante cinco años siempre que el proyecto haya sido cofinanciado con fondos FEDER (tres años en el caso de las pymes).

AYUDA

Ayuda de hasta el 75% del presupuesto aprobado (hasta al 85% si va cofinanciada con FEDER).

Tramo no reembolsable (calculado sobre un máximo del 75% del presupuesto aprobado):

  • Fondos CDTI: 7%

  • Fondos Europeos: 10%

Tipo de interés aplicable fijo y del 0%.

  • Amortización de 5 a 7 años.

Primera amortización de capital al año de la finalización prevista del proyecto.

CDTI podrá requerir la constitución de garantías para la devolución de la ayuda cuando el análisis económico financiero de la empresa así lo requiera.

CDTI podrá aplicar una minoración o exención de las garantías solicitadas.

Anticipo de hasta el 75% de la ayuda con límite de 450.000 euros, sin exigencia de garantías adicionales a las condiciones financieras aprobadas por el Consejo de Administración, y de hasta el 100% con avales considerados suficientes por el CDTI por la diferencia.

La empresa deberá aportar, al menos, el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios o financiación externa. 

Ayuda sujeta al régimen de minimis.