Se ha publicado en el BOE Extracto de la Orden de 2 de julio de 2024 por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo
OBJETIVO
Compensación de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidas en los precios de la electricidad del que podrán beneficiarse las instalaciones pertenecientes a sectores expuestos a un riesgo significativo de «fuga de carbono», conforme a lo previsto en la normativa de la Unión Europea y nacional aplicable.
Se trata de evitar, en lo posible, que una empresa beneficiaria esté expuesto a un riesgo significativo de «fuga de carbono», si sus empresas competidoras de terceros países no se enfrentan a los mismos costes de CO2 en los precios de la electricidad y si dicha empresa beneficiaria no puede repercutir esos costes en los precios del producto sin perder una parte significativa del mercado.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan con los siguientes requisitos:
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Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
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Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2 en el año 2023, debido a los costes indirectos soportados en los gastos de suministro eléctrico destinados a los procesos productivos.
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Realicen una o varias actividades, o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores o subsectores especificados en el anexo I de la convocatoria.
AYUDA
La ayuda consiste en la compensación, en forma de subvención, de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad del año 2023.
El cálculo de los costes subvencionables y del importe máximo de la ayuda que podrá concederse por cada instalación y producto se realizará según el método descrito en el apartado séptimo de la convocatoria.